Sobre este curso
Área Bombero · especialidad Investigador de Incendios (y Criminalística · Explosivos, en lo relativo a la investigación técnica de incendios y explosiones).
Alcance oficial: exploración técnica y sistemática del escenario de un incendio para recoger la información que permita reconstruir los hechos que propiciaron su desarrollo y propagación, estudiar y extraer conclusiones que permitan evitar que vuelva a suceder, minimizar sus efectos o tomar medidas preventivas. Incluye la búsqueda de indicios sobre el origen, los alcances destructivos, la observancia de medidas de seguridad y la probabilidad de participación dolosa.
Especialidad tomada del Catálogo de Especialidades Periciales del Consejo de la Judicatura (Resolución 216-2024, reporte del 22 de junio de 2026).
Para acreditarte como perito (Resolución 216-2024 del Consejo de la Judicatura): título de tercer nivel inscrito en la SENESCYT con al menos dos años de graduado, dos años de experiencia acorde al título (art. 8); los oficios no universitarios se acreditan con dos años de práctica certificada (art. 9). La experiencia se justifica con certificados y con programas académicos o de capacitación cursados en los últimos cinco años sobre la especialidad (art. 15): este curso, con su certificado verificable, es uno de ellos. La acreditación dura dos años (art. 20); para renovarla se exige el Curso Básico de Peritos de la Escuela de la Función Judicial de cada año (arts. 21 y 53). Los peritos se designan por sorteo.
Prerrequisito: haber aprobado «Introducción al Sistema Pericial Integral» (80 horas). Quien ya lo aprobó paga solo esta especialidad.
Respaldo normativo (normas vigentes, verificado el 5 de septiembre de 2026):
• Catálogo de Especialidades Periciales, Administración del Sistema Pericial del Consejo de la Judicatura, reporte del 22 de junio de 2026, emitido en cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución 216-2024 — área Bombero, especialidad Investigador de Incendios; y Criminalística, Explosivos.
• Resolución 216-2024, Pleno del Consejo de la Judicatura, 10 de diciembre de 2024 (R.O. 711, 26-dic-2024): Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial — arts. 7 a 9 (requisitos), 15 (capacitación de los últimos cinco años), 20 (acreditación por dos años), 21 y 53 (renovación y Curso Básico de Peritos), 45 (honorarios) y designación por sorteo.
• Ley de Defensa contra Incendios, R.O. 815, 19 de abril de 1979, y su Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra Incendios (Ministerio de Inclusión Económica y Social, 2009): competencias de los Cuerpos de Bomberos en la investigación de incendios.
• Código Orgánico Integral Penal, R.O. Suplemento 180, 10 de febrero de 2014 — arts. 455 y 456 (indicios y cadena de custodia), 505 a 511 (prueba pericial y peritos), 456 (cadena de custodia).
• NFPA 921, Guía para la investigación de incendios y explosiones (National Fire Protection Association, edición vigente), como norma técnica de referencia internacional.